Membership Fee Code
The annual membership fee is $0.00. As prescribed by
non-profit regulations, the fee can be changed by vote. If a
member wants to change the fee, e.g. to finance a joint
project, the Board requires the member to submit an
application to the General Assembly in 2017, in 2019 or in
2021 etc. and get consent of the majority of members. Before
any change in membership fees becomes effective, all members
will have time to discuss it and to cancel their membership if
they do not accept a change of fees. So far, there are no
applications to change fees.
Solicitud de afiliación
Asociación De Editoriales Universitarias (ASOCIACIÓN
INTERNACIONAL DE EDITORIALES UNIVERSITARIAS)
a/c Editorial Universitaria bochum, Querenburger Hoehe 281,
44801 Bochum, Alemania, bou@bou.de, teléfono +49 234 701360,
fax 701230, Presidente: Dr. Martin Woesler, Catedrático de la
Universidad Ruhr de Bochum
Application for Membership / Solicitud de afiliación
Hereby I apply for membership in the „Association of
University Presses (International Association of University
Presses)”. The current annual membership fee is US$ 0.00. /
Por la presente solicito la afiliación a la „Asociación de
Editoriales Universitarias (Asociación Internacional de
Editoriales Universitarias). La actual cuota anual de
afiliación es de 0,00€
O as a legal entity / como entidad legal.
Name/Nombre:
______________,
Email/Correo electrónico:
________________,
Address/Dirección:
_______________________________________,
Phone/Teléfono:
________________, Website/Página web:______________________.
and/or / y/o
O as a natural person (e.g. employee of a
University Press) / como persona física (por ejemplo: empleado
en una Editorial Universitaria).
Name/Nombre:
______________________,
Email/Correo electrónico:
______________________,
Address/Dirección:
_______________________________________,
Phone/Teléfono:
________________, Website/Página web:______________________.
O I have read and agree to the Bylaws of the
Association. / He leído y acepto los Estatutos de la
Asociación.
, 2014
___________
_______________
______________________
Place / Lugar
Date /
Fecha
Signature / Firma (Stamp / Sello)
Estatutos (Traducción)
Estatutos
Capítulo 1
Denominación, domicilio y fines
1.1 El nombre de la asociación es
“Association of University Presses” (también “International
Association of University Presses”). La traducción al español
del nombre de la asociación es: “Asociación de Editoriales
Universitarias (Asociación Internacional de Editoriales
Universitarias)”. Será inscrita en el Registro de Asociaciones
obteniendo el título de asociación registrada añadiéndosele
e.V. (por sus siglas en alemán) y denominándose así “Verband
der Universitätsverlage (Internationaler Verband der
Universitätsverlage) e.V.“. En español: “Asociación de
Editoriales Universitarias (Asociación Internacional de
Editoriales Universitarias) e.V.” (asociación registrada).
1.2 El domicilio de la Asociación se fija en
Bochum, Alemania.
1.3 El fin de la Asociación es fomentar la
ciencia, investigación y educación; especialmente en el ámbito
de las Editoriales Universitarias a escala mundial.
1.4 El fin de la Asociación se desarrollará
a través de las siguientes actividades:
1.4.1 Intercambio de experiencias y
cooperación entre editoriales universitarias en todo el mundo.
1.4.2 Conservación y aprovechamiento
recíproco de la diversidad y variedad de las editoriales
universitarias (por ejemplo: las editoriales universitarias en
Estados Unidos forman a menudo parte de la universidad, se han
especializado en diferentes áreas de conocimiento y toman
decisiones sobre las publicaciones no en base a la universidad
a la que esté el autor afiliado, sino a la calidad del
manuscrito. En Europa, las editoriales universitarias suelen
ser parte de la biblioteca de la universidad (con la
obligación de publicar todas las tesis doctorales de la
universidad) o filiales de carácter privado de universidades
con experiencias e intereses extremadamente diferentes).
1.4.3 Utilización de sinergias con el fin de
apoyar el trabajo de editoriales universitarias.
Capítulo 2
Utilidad pública
2.1 La Asociación persigue única y
exclusivamente fines benéficos en base al sentido de los
“fines fiscales privilegiados” del código fiscal alemán. La
Asociación es una asociación sin ánimo de lucro. Es una
asociación que no busca principalmente su interés propio. Los
fondos solo podrán ser utilizados para fines legales. Los
miembros no reciben ningún tipo de beneficio por parte de la
Asociación.
2.2 Ninguna persona física o jurídica está
autorizada a beneficiarse de una remuneración desproporcionada
o con un propósito no recogido en el Título 1 de los presentes
estatutos.
Capítulo 3
Afiliación y cuotas
3.1 Todos los miembros presentes el día de
la fundación y sus sucesores reciben automáticamente el
estatus de miembros. No podrán ser excluidos de la afiliación
posteriormente.
3.2 Excepto los miembros fundadores
mencionados en el apartado 3.1., cualquier persona física
legalmente competente contratada por una editorial
universitaria y cualquier entidad legal que sea una editorial
universitaria o una red/asociación de editoriales
universitarias con carácter regional o categorizada de otra
manera tendrá derecho a solicitar por escrito su afiliación,
siempre que esta persona esté dispuesta a apoyar el objetivo
de la Asociación tal y como está definido en el apartado 1.3.
“Editorial Universitaria” significa aquí cualquier parte de
una universidad o entidad legal que es tanto denominada
“Editorial Universitaria” como también publica principalmente
resultados científicos/escolares por miembros de la
universidad o graduados. La Junta Directiva decide la admisión
de miembros dentro de un plazo estipulado por la misma. Las
características concretas de una editorial universitaria nunca
serán razón válida para denegar la solicitud de afiliación. La
violación de los objetivos y/o la discriminación activa,
pasiva o condescendiente contra otra editorial debido a sus
diferencias serán razón válida para denegar la solicitud de
afiliación. La denegación de afiliación no será recurrible y
no deberá ser justificada.
3.3 Cada miembro se compromete al pago de
una cuota anual. El importe y vencimiento de la misma será
definido por la Junta Directiva. Para más información
detallada, consultar reglamento de cuotas.
Capítulo 4
Terminación de la afiliación
4.1 La afiliciación termina por medio de
renuncia voluntaria, expulsión, defunción o disolución (por
ejemplo: por insolvencia) de una entidad legal.
4.2 Las renuncias deberán ser presentadas a
la Junta Directiva por escrito.
4.3 Miembros referidos en el apartado 3.2
podrán ser expulsados de la Asociación en cualquier momento en
caso de violación de los intereses de la Asociación o por
cualquier otra razón importante.
4.4 La expulsión de miembros referidos en el
apartado 3.2 será decidida por la
Junta Directiva. Las características concretas de una
editorial universitaria no serán razón válida para la
expulsión. La violación de los objetivos y/o la discriminación
activa, pasiva o condescendiente contra otra editorial
universitaria debido a sus diferencias serán razón válida para
la expulsión. La expulsión no será recurrible y no deberá ser
justificada.
Capítulo 5
Órganos de gobierno de la Asociación
5.1 Los órganos de la Asociación son la
Asamblea General y la Junta Directiva.
Capítulo 6
La Junta Directiva
6.1 De conformidad con el artículo 26 del
Código Civil alemán, la Junta Directiva estará integrada por
el Presidente, dos Vicepresidentes (como máximo), el Tesorero
y el Secretario General. En total un número mínimo de tres y
un máximo de cinco personas.
6.2 Los miembros de la Junta Directiva serán
elegidos por la Asamblea General por un período de cuatro
años. Permanecen en el cargo hasta la elección de la próxima
Junta Directiva.
6.3 De conformidad con lo establecido en el
artículo 26 del Código Civil alemán, la Asociación está
representada externamente única y exclusivamente por el
Presidente.
6.4 Transacciones a partir de un valor
comercial de 100.000 € serán solo vinculantes para la
Asociación bajo la aprobación de la Asamblea General.
6.5 La Junta Directiva es responsable de
6.5.1 la gestión del trabajo diario,
6.5.2 la ejecución de las decisiones tomadas
por la Asamblea General,
6.5.3 la gestión de los activos de la
Asociación,
6.5.4 el establecimiento de un presupuesto
para cada año fiscal,
6.5.5 la contabilidad,
6.5.6 la preparación del informe anual,
6.5.7 la preparación y
6.5.8 convocatoria de la Asamblea General.
6.6 Las decisiones serán documentadas
siempre que la Asociación así lo estipule.
6.7 Miembros podrán ser nombrados Presidente
de honor con una función representativa sin que esto conlleve
cambios en el estado de su afiliación.
Capítulo 7
Auditoría
7.1 La Asamblea General elige dos Auditores,
no miembros de la Junta Directiva, por un período de dos años.
Son responsables de comprobar al final de cada año fiscal la
exactitud aritmética de los libros de contabilidad y de la
administración fiscal.
7.2 Los Auditores informan a la siguiente
Asamblea General.
Capítulo 8
Asamblea General, Deberes, Convocatoria
8.1. Los deberes de la Asamblea General son:
8.1.1 la elección y destitución de los
miembros de la Junta Directiva,
8.1.2 la elección de los Auditores,
8.1.3 la aprobación del presupuesto anual
preparado por la Junta Directiva para el siguiente año fiscal,
8.1.4 la recepción del informe anual y la
aprobación formal de las acciones de la Junta Directiva,
8.1.5 la determinación de la cantidad y
fecha de vencimiento de la cuota anual y
8.1.6 la resolución sobre la modificación de
los Estatutos.
8.2 Todos los miembros están autorizados a
participar en la Asamblea General.
8.3 Dicha Asamblea tendrá lugar al menos una
vez cada dos años. La Junta Directiva convoca a los miembros
por escrito por lo menos con tres días de antelación. La
invitación deberá incluir el orden del día así como también
los temas a tratar durante la Asamblea.
8.4 Los miembros de la Asamblea deciden por
mayoría simple alzando la mano. A petición, el voto se llevará
a cabo secreto. Un cambio en los Estatutos necesitará
por lo menos tres cuartos de los votos.
8.5 Las decisions de la Asamblea General
sera registrados por escrito y firmados por el Secretario.
Capítulo 9
Asamblea Extraordinaria
9.1 Si fuera necesario, una Asamblea
Extraordinaria podrá ser convocada al servicio de los
intereses de la Asociación o si la convocatoria fuera
solicitada por escrito por al menos uno de cada diez miembros
de la Junta Directiva, exponiendo las razones para dicha
convocatoria. En casos de urgencia, la Asamblea Extraordinaria
podrá decidir sobre cambios en los Estatutos.
Capítulo 10
Disolución de la Asociación, Liquidadores
10.1 La disolución de la Asociación tendrá
lugar a través de la renuncia a la afiliación de tantos
miembros hasta alcanzar un número menor al mínimo de miembros
estipulado para Asociaciones, el cual es siete.
10.2 En el caso de disolución de la
Asociación o pérdida de condición de exención de impuestos,
los fondos restantes y fines fiscales privilegiados deberán
ser asignados por la "Asociación Europea de Ciencia y Becas
eV". Esto se hace en coordinación con la oficina de impuestos.
10.3 El Presidente y el Secretario serán
nombrados Liquidadores.
Estos Estatutos han quedado redactados y recogidos en la
Asamblea General de la Asociación, celebrada en Bochum
(Alemania) el día 14 de octubre de 2013 (véase Protocolo). La
versión actual han quedado redactados y recogidos en la
Asamblea General de la Asociación, celebrada en Bochum
(Alemania) el día 21 de noviembre de 2013 (véase Protocolo).